Vigilante desprotegid@, Vigilante que no trabaja.

Decía un alemán barbudo que «La desvalorización del mundo humano crece en razón directa de la valorización del mundo de las cosas». Prueba de ello son las acomplejadas medidas tomadas por el actual gobierno "progresista" frente a la pandemia que nos asola y que, en muchos sentidos, antepone intereses económicos a las vidas de las personas que dan la cara en la lucha contra el virus.
Algunas de estas personas, en gran medida olvidadas, son l@s Vigilantes de Seguridad, a quienes la falta de medidas de protección ya está pasando factura, como el caso de los VS de metro hospitalizados por COVID19.

Ahora, ante la magnitud de la tragedia que el pueblo está viviendo, una de las opciones está siendo montar "Hospitales de campaña" que parecen más bien campos de concentración. Sin medidas de protección reales pero con la higiene justa para salir en la TV. Cultivos de la enfermedad donde l@s sanitari@s salvan vidas mientras los políticos salvan su imagen.

Siendo así, tanto si os ha tocado trabajar en uno de estos centros como si no, debéis saber que el artículo 21.2 de la Ley de Protección de Riesgos Laborales establece que el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud

Es decir, si hay RIESGO EVIDENTE, podéis abandonar el servicio.


Aún así, cuidado.
Las empresas, por poco que puedan, intentarán sancionar a cualquier trabajador que ejerza sus derechos, aunque solamente sea para sembrar el miedo y la duda entre l@s compañer@s. Nada hace entrar más en pánico a una empresa que vigilantes abandonando sus servicios.

LO QUE HAY QUE HACER

Si detectáis situaciones de peligro objetivo, real e inminente de contagio (como, por ejemplo, si la policía y los miembros del ejército van cubiertos con mascarilla u otros medios de protección y vosotr@s no):

  1. Estando en el servicio, debéis certificar con un informe el peligro y la falta de material de protección. Entregad copia a la empresa/cliente y que os sellen/firmen una copia para vosotr@s.
  2. Os debéis poner en contacto con vuestra sección sindical.

El sindicato os blindará, advirtiendo a la empresa de que la falta de medios de protección va a provocar el inminente abandono de servicio de nuestr@s afiliad@s. Esta comunicación se simultaneará con otra a la autoridad laboral (inspección de guardia i/o departament de Sanitat).
Una vez efectuada esta comunicación, os informaremos de la respuesta de la empresa que, si no subsana de forma brevísima e inmediata la situación, os legitimará para abandonar el servicio en aras de evitar vuestra exposición a la infección.

Por tanto, el servicio quedará interrumpido mientras no se ponga a disposición de l@s vigilantes los equipos de protección individual necesarios.

Al siguiente turno que tengáis por cuadrante, DEBÉIS VOLVER AL SERVICIO y, si no se ha subsanado la situación, de nuevo deberéis certificar con un informe el peligro y la falta de material de protección. Una vez más, deberéis entregar copia a la empresa/cliente y que os sellen/firmen una copia para vosotr@s. Y os vais para casa.




Ya veréis como rápidamente corren a subsanar la situación.

Cuando todo pase, llegará la hora de pedir responsabilidades, y se hará constar que los trabajadores han objetivado estas necesidades ante una empresa que, si no ha respondido o lo ha hecho tarde, tendrá mucho que pagar en indemnizaciones.

RECORDAD

QUE LA EMPRESA NO TENGA MASCARILLAS NO ES EXCUSA. SI NO TIENEN MEDIOS DE PROTECCIÓN, NO SE PUEDE INICIAR UN SERVICIO DE SEGURIDAD

Salud.

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